La Ley de Defensa de la República

Periódico ABC incautado.

No se pudo hacer la revolución constitucionalmente, y tuvieron que recurrir a esa desdichada ley de Defensa de la República y a toda la secuela de arbitrariedades ministeriales.

(Miguel de Unamuno. Conferencia en el Ateneo madrileño. 28/11/1932)

Ley de Defensa de la República.

Vamos hablar de la Ley de Defensa de la República. Junto con la Ley de Congregaciones religiosas y la ley de Reforma Agraria, fueron las disposiciones del bienio azañista que más contribuyeron a cabrear a los españoles.

Verás.

La Ley de Defensa de la República se promulgó el 21 Octubre de 1931, sólo 6 días después de que D. Manuel Azaña se aupara a la presidencia del Gobierno provisional.

Era su primer proyecto de Ley importante, fue presentado coincidiendo con las discusiones sobre la nueva Constitución en el Parlamento.

Se tramitó por el procedimiento de urgencia en un momento de pánico colectivo por el grave problema de orden público y violencia social que venían provocando anarquistas y comunistas desde la proclamación de la República.

Azaña había empezado diciendo en mayo que la vida de un republicano valía más que todas las iglesias de España, solo cinco meses después, la realidad le obligaba a cambiar de eslogan:

"Si la república no se hace respetar, se hará temer"

La nueva consigna define a la perfección la nueva actitud del Gobierno ante el grave problema de orden público.

El Parlamento aprobó la ley por aclamación. Únicamente votaron en contra los cuatro diputados del partido Republicano Federal.

Fueron los únicos que se escandalizaron de las facultades dictatoriales que se adjudicaba el Gobierno, y el atropello a los derechos ciudadanos que la ley traía en la mochila.

Enchufismo en el PSOE durante la República
Azaña justifica una ley de excepción para atajar el problema de orden público. (Heraldo de Madrid. 15/10/1931)

La Ley de defensa de la República adquiere rango constitucional.

Ley de Defensa de la República tenía carácter de excepción —algo temporal—, ya que suspendía derechos fundamentales, por tanto, no podía continuar vigente una vez aprobada la Constitución.

Pero Azaña solicitó al Parlamento insertarla en la propia Carta Magna mediante un subterfugio legal: la Disposición Transitoria 2ª.

Un día antes de la votación definitiva, el rodillo parlamentario de Azaña con los socialistas aprobó de urgencia la Disposición Transitoria segunda: un postizo que servía para dar rango constitucional a la Ley de defensa de la República.

La situación era en extremo paradójica: la Constitución republicana ampliaba los derechos reconocidos a los españoles, pero la Disposición Transitoria 2ª facultaba al Gobierno para suprimirlos si le salía de la higa. Convertía en papel mojado los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución.

Tal y como suena.

Muchos españoles que habían apoyado la República, vieron meses después cómo los políticos aprovecharon el aval para cerrar periódicos, multar, encarcelar, censurar y lo que les viniera en gana, sin necesidad de orden judicial.

En una palabra: el Gobierno podía actuar sin los mínimos equilibrios de poder propios de un régimen verdaderamente democrático. 

Para la mayoría de los que habían luchado contra la monarquía, la ley de Defensa de la República era motivo de asco y decepción. Si no me crees, mira lo que escribió el socialista Juan Simeón Vidarte sobre aquella votación:

“Una vez más había vencido la “razón de Estado” en el gobierno y la coacción ministerial en nuestra minoría.
Nada de esto nos exime de la vergüenza de haberla votado”.

Avergonzados o no, lo cierto es que sus señorías permitieron que fuera el Gobierno quien determinara, juzgara y sancionara, los hechos que estimara delito político.

Bastaba una orden del Ministro del Interior, del Director General de Seguridad, o de los propios Gobernadores Civiles, para imponer multas, suspender mítines, encarcelar y deportar ciudadanos, cerrar medios de comunicación o separar funcionarios del servicio.

Ni jueces, ni leches.

Como lo oyes.

Funcionarios retirados de servicio por la ley de defensa de la república
La Corporación del Ayuntamiento de Sevilla discute separar del servicio a los funcionarios "hostiles a la República", tras el fallido golpe de Estado del General Sanjurjo.

Ley de Defensa de la República anulaba de facto la separación de Poderes: elemento imprescindible en todo sistema democrático que se precie.

España quedó convertida en un Estado policial: el Gobierno se atribuía la facultad de suspender los derechos ciudadanos sin necesidad de orden judicial.

*   *   *

Hoy día, la sociedad española tiene una idea muy romántica de la II República.

Suele compararse en términos de igualdad (incluso supuesta superioridad moral) con nuestra democracia actual; pero el hecho irrefutable es que las Cortes Constituyentes dieron al pueblo español una Constitución adulterada que estaba suspendida desde el mismo día de su nacimiento.

Ley de Defensa de la República y suspensión de derechos.

La Constitución decía en el artículo 28, que nadie sería juzgado sino por un juez competente. El artículo 94 que los jueces eran independientes en su función, solo sometidos a la ley.

Sin embargo, la Disposición Transitoria Segunda otorgaba competencias judiciales a una “Comisión parlamentaria de Responsabilidades Políticas” (formada por diputados dependientes de la disciplina de sus partidos), para juzgar y encarcelar a políticos, militares y funcionarios de la Monarquía.

El artículo 29, decía que todo detenido debía ser entregado al Juez en las 24 horas siguientes a la detención, o bien puesto en libertad.

No obstante, la Disposición Transitoria Segunda facultaba al Gobierno para encarcelar a los ciudadanos sin orden judicial. Estos pasaron a denomiarse "presos gubernativos".

El primer Gobierno provisional encarcela al anterior Director General de Seguridad, después de que hubiera sido puesto en libertad por los tribunales (Ahora 5/07/1931)

El artículo 34 garantizaba la libertad de expresión.
Sin embargo, la Disposición Transitoria Segunda autorizaba al Gobierno a censurar toda acción o expresión que pudiera considerarse un ataque a la República, o apología del régimen monárquico.

En la práctica, cualquier comentario crítico al Gobierno podía ser considerado un “acto de agresión a la República” y acabar su autor como preso gubernativo...

La II República se convirtió en un Régimen de "soplones."

Noticia de El Imparcial sobre el encarcelamiento de un periodista.
El periodista Antonio Agraz es encarcelado por cantar una copla satírica contra el Ministro de Trabajo, Largo Caballero. (El Imparcial, 20/10/1932)

Miles de ciudadanos fueron detenidos, despojados de sus cargos, incluso deportados a África: unos por monárquicos, otros por aristócratas, o simples funcionarios de ideas conservadoras.

Pero que nadie se venga a engaño: anarquistas y comunistas sufrieron la misma represión por rechazar una República que tachaban de «burguesa».

Los ciudadanos acusados de «frialdad con el Régimen» tenían los más variados perfiles: aristócratas, militares, monárquicos, pero también periodistas de izquierdas, o simples jornaleros cabreados con el cacicazgo socializante (como se decía en la época) del Gobierno...

Los derechos de reunión, de asociación, de manifestación, la inmovilidad de los funcionarios, su derecho a no ser perseguidos por sus creencias religiosas o posiciones políticas... Quedaban sometidos al capricho del Gobierno de turno, que podía hacer lo que quisiera con los “inadaptados” que le molestasen. 

Noticia sobre deportaciones de anarquistas en aplicación de la ley de defensa de la república.
Tras la revuelta de Figols, el Gobierno deportó sin juicio previo a 104 anarquistas, entre ellos se encontraba Buenaventura Durruti. (La Tierra, 1/02/1932) 

El artículo 34 estipulaba que no se podría decretar la suspensión de ningún periódico si no era por sentencia firme.

Sin embargo, el Gobierno podía cerrar los periódicos que no le fueran gratos.

Azaña clausuró discrecionalmente más de 100 periódicos durante sus dos años de mandato, llevando a la ruina a sus dueños y al paro a los trabajadores.

Se clausuraron comedias teatrales, como "La cartera de Marina" o "Chungonía", por contener alusiones poco gratas al Gobierno.

Censura de periodicos durante la II Republica.
El periódico "La Tierra" denuncia el secuestro (por 4ª vez) del periódico anarquista "Solidaridad Obrera" (3/01/1932)

Ley de Defensa de la República y represión política.

En el momento de proclamarse la II República había en las cárceles españolas unos 2.000 presos, pues bien, en Noviembre de 1932 la población reclusa había ascendido a 13.000 personas.

El abogado republicano Joaquín del Moral aporta estos datos en su libro "Oligarquía y enchufismo". Publicado en 1933, del Moral asegura que a finales de 1932, cerca de 5.000 españoles permanecían encarcelados sin orden judicial.

Otras fuentes, como el periódico anarquista Solidaridad obrera (en portada) aseguran que un año después había 15.000 presos políticos, posiblemente sea una cifra exagerada.

El periódico Ahora (página 3, en el editorial) sitúa entre 8.000 y 10.000 los presos políticos que esperaban una aministía al final del bienio azañista.

Bien.

En todo el reinado de Alfonso XIII (ni siquiera durante la dictadura) se había aprobado nunca una disposición cuyo sentido despótico y dictatorial pudiera compararse con la Ley de Defensa de la República.

El dictador Primo de Rivera había constituido un Juzgado especial para enjuiciar delitos políticos. Los republicanos pusieron el grito en el cielo denunciando que el órgano judicial sería sumiso al Gobierno; sin embargo, ahora consentían que fuera el propio Gobierno quien se erigiera en Juez.

*   *   *

La Ley de Orden Público de 28 de Julio 1933

El último Gobierno de Azaña sustituyó la Ley de Defensa de la República por la no menos drástica Ley de Orden Público de 1933.

La nueva ley estaba inspirada en la promulgada durante la dictadura de Primo de Rivera, aunque tuvieron el detalle de retirar la conocida como "Ley de Fugas". Algo lógico si tenemos en cuenta que solo habían pasado 7 meses desde la matanza de Casas Viejas.

Para que te hagas una idea: la dictadura franquista la mantuvo vigente hasta 1959 sin cambiar una coma.

Azaña la aplicó por primera vez en Sevilla 20 días después de su publicación, pero apenas pudo ponerla en práctica porque su Gobierno solo sobrevivió 4 meses.

*   *   *

Los derechos y libertades constitucionales siguieron suspendidos durante el bienio radical-cedista, y posteriormente por el Gobierno del Frente Popular.

En la mayoría de ocasiones, por el permanente clima de violencia social que impedía la normal convivencia civil, pero en otras ocasiones sin justificación alguna.

Cuando no estaba declarado el estado de alarma, estaba el de guerra, bien en toda España, bien en alguna de sus provincias.

El periódico "El Socialista" informa que "Ya" y "La Época" han sido suspendidos indefinidamente por dar "noticias sobre la muerte del señor Calvo Sotelo sin pasarlas por la censura" (14/07/1936)

Exceptuando los periodos de campaña electoral de 1933 y 1936, los Derechos constitucionales estuvieron suspendidos durante todo el periodo republicano.

Lo iremos viendo en los próximos capítulos de esta Crónica Poltítica de la II República.

*   *   *

Ley de Defensa de la República (formato pdf)

Constitución de la II República. (formato pdf)

No hay comentarios:

Publicar un comentario